Ética pública, por Jose Luis Poyal

Jimmy Carter, 39 presidente de los Estados Unidos, demócrata, allá en 1977 creó la “Office of Governement Ethics”(OGE), revelándose como un eficaz instrumento para combatir la corrupción en la función pública. A este servicio federal, reforzado por sucesivos presidentes, se deben las iniciativas de control de sueldos y anulación de las prácticas de las “puertas giratorias”, que eran el procedimiento de los grandes grupos de presión para conseguir de la administración pública, decisiones propicias a los intereses particulares.

La severidad de la OGE puede medirse por algunas de las normas, referentes a las informaciones que los cargos políticos y funcionarios, deben hacer llegar todos los años al “registro de ética”: todos los ingresos, incluyendo las percepciones por conferencias, artículos de prensa, etc.,y señalando quien es el pagador: invitaciones y hoteles cuando las facturas excedan de 250 dólares: regalos por un valor superior a los 100 dólares; compras de inmuebles, valores, objetos artísticos, animales y plantas con un valor de más de mil dólares; relación de trabajos anteriores e ingresos, de tal modo que si un abogado, por ejemplo, pasa a ocupar un alto puesto político, está obligado a entregar una relación de sus clientes que le hayan pagado más de cinco mil dólares. Recientemente se han endurecido estas normas.
El arma más eficaz para combatir la corrupción pasa por la transparencia en las actuaciones, el acceso a la información pública y en la obligatoriedad de normas que encaucen el “buen gobierno”.
En esta línea hay que entender la Ley de Transparencia (19-12-2013) que fue aprobada en el Congreso, sin el consenso del PSOE, por una rabieta, al igual que ahora, tras largos y farragosos debates. La ley que consta de 40 artículos y disposiciones finales trata de mejorar sustancialmente la participación ciudadana y la calidad democrática como herramienta contra la corrupción.
Es destacable que por primera vez se da rango de ley a los principios éticos de actuación para los miembros del Gobierno, Administración del Estado, Comunidades Autónomas, Entidades Locales y la exigencia de eficacia, austeridad, imparcialidad y sobre todo responsabilidad en sus actuaciones. La aplicación se extiende al Congreso, Senado, Casa del Rey, Tribunal Constitucional, Poder Judicial, Banco de España, partidos y asociaciones, empresas con contratos públicos y una larga casuística.
En el ámbito económico se imponen sanciones a quienes comprometan gastos y ordenen pagos sin los créditos suficientes en los correspondientes presupuestos.
Ahora mismo el Gobierno ha aprobado una serie de normas para el desarrollo de la Ley, dando luz verde al Estatuto del Consejo de Transparencia e instando a la Administración Local y a la Autonómica a su aplicación a partir del próximo año.
La capilaridad de la corrupción parece infectar a la sociedad entera, en el ámbito público y privado. Tal parece que es consecuencia de un virus endémico y al margen de las circunstancias del momento.
Es lógico que haya un clamor generalizado para que los partidos formalicen un pacto de Estado contra la corrupción y de esta forma el trabajo político, legislativo y judicial sea más efectivo.
En todo caso la solución para erradicar la corrupción ,incluye fomentar la propia educación de los ciudadanos, de tal forma que la vean como algo absolutamente ilegítimo, insolidario, penalizable y de claro rechazo a cualquier tipo de corrupción, política incluida.
 
Fuente: Asturias hoy

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